Pasaron cinco meses sin quórum en el “tribunal constitucional”, cuatro meses de la presentación del nuevo texto constitucional, dos meses en intentos de dialogo entre el presidente Morales y los prefectos de los nueve Departamentos de la República en busca de consenso[3].
Este último tiempo, además, concentro la discusión en temas referidos a las Autonomías Departamentales y la “nueva” Constitución Política del Estado con amedrentamientos y enfrentamientos entre defensores y detractores de ambos proyectos. Llegamos al punto en el cual la crítica debe ser constructiva pensando en la formación de conocimiento sobre nuestra realidad conflictiva, que el mentado cambio traducido en el nuevo texto constitucional es una propuesta conflictiva, que los procesos autonómicos rebasaron la autoridad del gobierno central e intentan construir una nueva legitimidad reconfigurando el escenario político vía presiones departamentales y regionales, que el diálogo urgente no llega pese a la iglesia católica. ¿La solución será el “referéndum revocatorio”? Al final de este tiempo una pregunta: ¿Autonomías en Bolivia? y una afirmación: ¡¡Proceso de integración nacional!!.
I. Historia y historicidad de las autonomías
Me remito a un análisis de la Asociación Boliviana de Ciencia Política (ABCP): (Autonomías en Bolivia. ¿Proceso de Integración Nacional?. Cochabamba: Mimeo, 2008). El tema de la autonomía en Bolivia es de vieja data, más de ciento cincuenta años que se intenta por diversas vías y modos llegar a la mentada autonomía: “Cabe recordar que en la época colonial Santa Cruz formaba una sola entidad con Cochabamba, llamada la “Intendencia de Santa Cruz de la Sierra”; dicha unidad administrativa fue disuelta con la creación de la República en 1825. (…) En 1891 se suscitó la “Revolución de los Domingos”. (…) En ese año se creó un Estado autónomo cruceño que duró pocos meses finalizando con la masacre, a cargo del general Gonzáles durante el gobierno de Aniceto Arce, de cientos de chiriguanos en Kuruyuki. (…) En el “Memorando de 1904”, se protesta contra los tratados comerciales que Bolivia firmó, luego de la Guerra del Pacífico, con Chile y Perú que preveía la compra a esos países de productos agrícolas destinados al occidente del país que tradicionalmente eran provistos por el oriente. (…) Durante 1921 y 1924 en Santa Cruz se conformaron el Partido Regionalista y Partido Orientalista en busca de autonomía para la región, pero se disolvieron apenas el Ejército del gobierno central llego a Samaipata. (…) Hoy parece que esta claro, que si bien Santa Cruz todavía no puede alcanzar el liderazgo político del país, y no plantea una “escisión” de la integridad nacional, el mejor camino es el de las autonomías para reconfigurar un modelo de Estado central cuya crisis es incuestionable” (ABCP, 2008: 3-5). Si la cita precedente hace referencia a Santa Cruz, ésta puede entenderse como la forma visible de las relaciones que los Departamentos desarrollaron y desarrollan con el Estado pese a los avances en la “centralización/descentralización administrativa” desde el traslado de la sede de gobierno de Sucre a La Paz (revolución federal) o la revolución nacional (1952) o el tiempo de las dictaduras o golpes militares (1971-1982) o la instauración de gobiernos democrático-liberales (1985-2005) o finalmente a nombre del cambio con la presencia en el gobierno central del Movimiento al Socialismo (MAS) donde, extrañamente, se da un convivencia de al menos tres corrientes (indigenistas, nacionalistas e izquierdistas de todo corte). “Un balance de los 25 años de democracia ininterrumpida en Bolivia, expresado en los avances socioeconómicos e institucionales, las insuficiencias (pobreza, desigualdad, autoritarismo y corrupción) y diversos aspectos de la actual coyuntura como el retorno de la lógica “populista”, la Asamblea Constituyente y las polarizaciones que vive el país, nos muestra las nuevas dimensiones que está adquiriendo la participación ciudadana en la política. La democracia es un ámbito donde se encuentran los principios institucionales de la representación, con los que corresponden a prácticas deliberativas heredadas de la tradición “comunitaria” y el “sindicalismo”. Este encuentro no ha estado exento de tensiones, pero ha permitido la incorporación al escenario político nacional de sectores tradicionalmente excluidos del mismo y la ocupación de espacios de poder cada vez más amplios” (ABCP, 2008: 5). La autonomía fue una demanda y una reivindicación latente. Estos 183 años de vida republicana, bolivianos y bolivianas, hemos buscado construir un “estado de derecho” con influencias desde la "declaración de independencia de los Estados Unidos", la "revolución francesa" y la "declaración de los derechos hombre". “Bobbio al referirse a la misma indica que la "declaración de los derechos hombre" estuvo llena de entusiasmo y entusiastas por un lado, y detractores y críticos por el otro "haciendo referencia a lo ideal" definiéndose derechos y obligaciones, tal vez el más importante la libertad definida: “..., como autodeterminación, como autonomía, con capacidad de darse una legislación a sí mismos, como la antítesis de toda forma de poder paternal o patriarcal que había caracterizado los gobiernos despóticos tradicionales[4]” (Norberto Bobbio: El futuro de la democracia. Colombia: Fondo de Cultura Económica, 1992). A lo anterior, que no fue suficiente, hoy se suma la justicia. ¿Qué pedimos en la nueva Constitución Política del Estado?: JUSTICIA” (Coronado: Bolivia: La Segunda Republica. 08.02.2008).
II. Texto constitucional y autonomías departamentales
Estos dos últimos años, los bolivianos y bolivianas estamos viviendo un tiempo de penitencia: La reflexión esta centrada en la libertad e igualdad, en la democracia, participación e integración, en construir ciudadanía, en reconocer nuestras diferencias, en dejar de lado la discriminación[5] y ser tolerantes, en principios y valores que hacen a la “segunda república”. Los cambios que se plantean deben modificar algunos principios que heredamos de la colonia y la primera república, cambios que hacen referencia a la “ciudadanía” en un nuevo “contrato social[6]” en un “estado de derecho”. Los principios de decisión y representación[7] deben ser explicitados en la nueva Constitución Política del Estado (nCPE), si es así estaríamos haciendo referencia a un “sistema político” que su tratamiento va más allá de pensar derechos y obligaciones constitucionales (principio procedimental[8]).
Se hace referencia a la legalidad y legitimidad de la nCPE y la legalidad y legitimidad de las “autonomías departamentales” recurriendo a la Constitución Política del Estado vigente (CPEv). Ambas posiciones buscan encontrarse y enfrentarse, pero tienen algo en común: “voluntarismo”. “La legitimidad no implica únicamente que el gobernante se sienta “representante” de sus electores (ciudadanos) por la investidura que tiene, lo importante es que la comunidad, los vecinos se sientan “representados” en su gobernante, (...). Bien que mal y sujeto a discusión la democracia es un proceso que no termina en la elección de las autoridades o en la votación de los ciudadanos, su sustento no es sólo la legalidad[9] sino también la legitimidad: …consiste en la existencia de una parte relevante de la población de un grado de consenso tal que asegure la obediencia sin que sea necesario, salvo en casos marginales, recurrir a la fuerza. Por lo tanto, todo poder trata de ganarse el consenso para que se le reconozca como legítimo, transformando la obediencia en adhesión[10]”. Una salida, en tiempos de crisis política (crisis de legitimidad y legalidad), es el apego a la autoridad que según el caso puede derivar en autoritarismo siempre y cuando la “estabilidad social” y el “gobierno legalmente constituido” este en cuestión[11]. ¿Estamos en ese punto?
La propuesta indica: “Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país” (Título I, Capítulo Primero, Artículo 1 en Nueva Constitución Política del Estado. Oruro, REPAC, 2007). De este principio, en la propuesta de los asambleístas existe un detalle que raya en una compilación de leyes o normas derivadas, se enfatiza en exceso los derechos (deberes) originarios, esto significa que se acentúan los procesos de discriminación existentes. En lo que hace a la nacionalidad, la propuesta indica: “El pueblo boliviano está conformado por la totalidad de las bolivianas y los bolivianos pertenecientes a las áreas urbanas de diferentes clases sociales, a las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y a las comunidades interculturales y afrobolivianas” (Título I, Capítulo Primero, Artículo 3 en Nueva Constitución Política del Estado. Oruro, REPAC, 2007). En la nCPE, lo importante debería ser el concepto de ciudadano a diferencia de la nacionalidad, la propuesta indica: “Son ciudadanas bolivianas y ciudadanos bolivianos por nacimiento las personas nacidas en el territorio boliviano, con excepción de las hijas y los hijos de personal extranjero en misión diplomática; y las personas nacidas en el extranjero, de madre boliviana o de padre boliviano” (Título V, Artículo 143 en Nueva Constitución Política del Estado. Oruro, REPAC, 2007). “Sobre el tema de la ciudadanía (y nacionalidad[12] para comprender las autonomías), no existen grandes modificaciones en los planteamientos (de la CPEv), sin embargo es necesario unificar derechos civiles y políticos en torno a los 17 años; pensemos, un joven vota a los 18 años, puede contraer compromisos contractuales a los 21 y es pasible a sanciones desde los 16; lo cierto y evidente es que la juventud, comprendida entre los 16 y 21 años (1.016.600 habitantes representan el 12,29% de la población en: www.ine.gov.bo), no es la que redacta la Constitución Política del Estado, pero se habla a nombre de ella. La ciudadanía no es sólo derechos y obligaciones, es más que ambas juntas; la igualdad debe ser un principio no renunciable puesto que reconoce opciones que permite tomar decisiones, pero también es responsabilidad en las consecuencias que puedan derivar de las decisiones que se toman, debemos construir ciudadanía bajo el principio de participación pero sobre todo integración dadas las características de diversidad cultural en nuestro país” (Coronado: Memorandum: Bolivia, una país para todos. 18.11.2007). En la Constitución Política del Estado vigente (CPEv) no existe ni principios ni definición acerca de las autonomías salvo aquellas que se explicita para la universidad pública y los gobiernos municipales, en este sentido el referéndum de Santa Cruz, Tarija, Beni y Pando son ilegales, en tanto intentan aprobar “estatutos” al margen de la legalidad. ¿Es suficiente la legitimidad del proceso? La Asamblea Constituyente en la nCPE plantea principios que hacen a las autonomías pero también reconoce el carácter comunitario de las organizaciones campesinas y originarias, se plantea –inclusive- autonomías originarias olvidándose de la necesidad de construir Estado, tal parece que la ambigüedad de la autonomía planteada puede llevarnos a una atomización innecesaria o en las reformas en el futuro a una federalización, la historia nos muestra que la formación de los Departamentos en el territorio de Bolivia ha sido un proceso que no se puede negar (para ejemplo sirve el caso de Tarija); que unos construyeron región y desarrollaron más, parece evidente, el progreso de las regiones al mismo tiempo que el desarrollo nacional-estatal no esta separado de las decisiones geopolíticas del gobierno estatal, el paso –inicial- correcto debe hacer referencia en el capítulo constitucional referido a las autonomías, a las autonomías departamentales donde las Provincias desarrollaran según sus capacidades; además será necesario –por principio- reconocer que los “estados modernos” desconcentran el ejercicio de poder como también la administración territorial. En su momento, el “referéndum por las autonomías” se definió como vinculante, una crítica a los constituyentes: por hacerlo mejor ampliaron este mandato a lo más posible en la idea de “dividir para gobernar” llegando a plantear “autonomías originarias” sin considerar la historia republicana, organización política-administrativa del Estado y la descentralización municipal. Este error dio lugar a respuestas desde los Departamentos donde gano el “si a las autonomías”. De manera sumaria las propuestas de “estatutos autonómicos” tienen las siguientes características: “(1) Todas propuestas se apegan a los resultados del “referéndum por las autonomías” sin considerar las propuestas del nuevo texto constitucional y sin considerar la aun vigente Constitución Política del Estado. (2) Se enfatizan derechos y obligaciones sin concordancia con los derechos y obligaciones constitucionales. (3) La autonomía propuesta parece ser el resultado de la sola participación electoral del ciudadano del Departamento, la ciudadanía no sólo es votar en un proceso electoral para elegir autoridad es mucho más que eso. (4) No se exponen de manera clara las relaciones del gobierno departamental con los gobiernos municipales, es más importante los gobiernos municipales a tiempo de planificar desarrollo con responsabilidad social, esa es una adecuada lectura de la historia municipal. (5) La unidad nacional-estatal es un principio y para todos los niveles de descentralización y constitución de autonomías debe ser un objetivo, esto no está explicitado en ninguna de las propuestas de estatutos autonómicos” (Coronado: Bolivia: La Segunda Republica. 08.02.2008).
III. Por las autonomías a una mayor descentralización estatal
A inicios del año 2005 se realizó un trabajo en el departamento de Cochabamba sobre el tema de las autonomías: “En primer lugar, la autonomía significa para el 23,3% de los encuestados “independencia del gobierno central”; en segundo lugar, para el 18,2% de los encuestados “planificar la producción departamental”; en tercer lugar, para el 16,08% de los encuestados es “capacidad propia de llevar a cabo su presupuesto”; en cuarto lugar, para el 11,78% de los encuestados es “conformar un gobierno departamental que sea electo”; en quinto lugar, para el 10,10% de los encuestados es “seguridad ciudadana con su propia policía” (Coronado: Autonomías regionales y evaluación del gobierno departamental de Cochabamba. 2005). Si tomamos las tres primeras respuestas: “independencia del gobierno central”; “planificar la producción departamental” y “capacidad propia de llevar a cabo su presupuesto” hacen referencia a una mejor capacidad de producción y gestión, esto es muy importante porque para los encuestados no pasa las autonomías por “independencia” o “separatismo” del Estado. Entonces quién planteo que la autonomía es separatismo o en caso extremo independencia? La respuesta pasa por la política y sus protagonistas, por aquellos “partidos políticos” que discursivamente construyeron en el común de la gente que los autonomistas quieren desintegrar Bolivia, pero también por aquellos aventureros que consideran que el tiempo a llegado y que la mejor manera de hacer las cosas es tener problemas que resolver y creándolos uno tiene espacio y discurso que le da vigencia en la sociedad, yo creo el problema y yo lo soluciono. Complementariamente los encuestados en el departamento de Cochabamba cuando se refieren a las competencias de la autonomía o actividades que deben ser ejecutadas a nombre de la autonomía indican: “… la autonomía departamental debería ocuparse de la “producción, trabajo empleos” con 9,18% de los encuestados; con 8,80% de opinión pública política (o.p.p.); plantean temas de “autonomía, presupuesto, administración (trabajar por la región), organización; con 8,20% de o.p.p. los servicios básicos (agua, luz (electrificación), alcantarillado); con 4,2% de o.p.p. plantean temas de “seguridad, policía”; con 3,5% temas referidos a la “educación, escuelas”; con 2,90% de o.p.p. temas de “agricultura, desarrollo alternativo”; con 2,60% temas referidos a la “pobreza, equidad, participación (pobres, pueblo, población)”; con 2,40% temas que se refieren a la “ciudad, municipio”; con 2,10% de o.p.p. temas referidos a la “salud, hospitales”; con 2,0% temas referidos a “infraestructura vial (calles, caminos, carreteras)”; con 2,00% temas referidos a la “constituyente, autoridades, (elección)”; con 1,60% o.p.p. temas referidos a la “educación y salud”; con 1,50% temas referidos a “economía, desarrollo”; con 1,30% temas referidos a la “lucha contra la corrupción”; con 1,00% de o.p.p. los electores plantean que “no debería darse, no estoy de acuerdo, no creo que haya” (Coronado: Autonomías regionales y evaluación del gobierno departamental de Cochabamba. 2005). Del orden que plantean los encuestados, si tomamos las tres primeras respuestas: “producción, trabajo empleos”; “autonomía, presupuesto, administración (trabajar por la región), organización” y “servicios básicos (agua, luz (electrificación), alcantarillado)”, hacen referencia a necesidades urgentes próximas a los vecinos que aun no fueron satisfechas por los municipios, esto demuestra que la autonomía en la percepción de la gente tiene una valoración importante porque debe solucionar aquello que le hace falta; enfatizo, lo más importante es empleo, trabajo y producción, demandas que a la fecha no son competencia de los municipios que deberían serlo. Algo de teoría para comprender las autonomías y cómo se complementan con la descentralización. Cuatro conceptos de autonomía en el texto de la ABCP: (a) desde la filosofía, “… independencia funcional de un ente (…), que es capaz de dotarse a sí misma de un gobierno”. (b) desde la administración, “… libertad concedida a los ciudadanos de una región para dirigirse a sí mismos, dándose sus propias normas y administrando sus recursos”. (c) desde la política, “… distribuir y controlar el poder de un Estado a nivel territorial/regional de un asignación adecuada de responsabilidades y competencias. El Estado hace lo que debe a nivel nacional (…) y los gobiernos locales todo cuanto les compete a escala regional”. (d) desde la voluntad, “… representa la capacidad de un individuo de tomar sus propias decisiones sin depender de alguien” (ABCP: 2008, 5-6).
Complementamos lo anterior con la referencia de “autogobierno” que define: “… las relaciones entre el aparato central y los poderes locales”[13]. Estas relaciones hacen a la autarquía (descentralización administrativa), autoadministración (elección de autoridades y representantes) de entes estatales en territorios que hacen a la organización administrativa del Estado y participación (entidades separadas del Estado como los Municipios).
Una pregunta. ¿Cómo podemos construir Estado desde las comunidades, municipios, provincias y Departamentos? Una respuesta, me apego al municipalismo de los últimos tiempos (20 años de gobiernos municipales) frente a las recientes experiencias (necesidad) de descentralización desde las prefecturas (autonomías). La segunda república debe apoyarse en un desarrollo de los municipios, es ahí donde se produce la riqueza nacional, los gobiernos departamentales deben integrar a las provincias. Se debe reconocer el municipalismo existente e introducir en el texto constitucional todas los cambios necesarios que validen su reconocimiento que hagan a la legalidad y legitimidad de los gobiernos municipales pero también asignar mayores recursos con el compromiso de mayores responsabilidades. Este nuevo “contrato social” será distinto del anterior, las responsabilidades del gobierno estatal son distintas de las responsabilidades de los gobiernos departamentales y distintas de los gobiernos municipales; sin embargo todas ellas son complementarias incentivando una sana competencias y definiendo políticas sociales desde el Estado que compensen a los municipios menos desarrollados, formando recursos humanos para la creación de empleo productivo, transfiriendo recursos en áreas estratégicas de la economía y sobre todo protegiendo los recursos naturales que son de todos y de cada uno con “responsabilidad social”. La ley de Participación Popular fue un avance importante de la descentralización administrativa. Hoy las autonomías deben proponer y generar recursos desde los municipios, deben construir Estado y consolidar la unidad nacional. Todos los RR.NN. es de todos los bolivianos y bolivianas. En este sentido los hidrocarburos, recursos minerales no ferrosos, el litio, recursos minerales ferrosos, el agua, los bosques, etc. deben, en su utilización, aportar a mejorar la calidad de vida de los habitantes de todo el territorio nacional. Debe quedar explicito en la nueva Constitución Política del Estado su uso y definir los impuestos necesarios a las utilidades por su explotación. La experiencia de lo hecho en hidrocarburos debe ampliarse a todos los recursos naturales, la iniciativa privada pasa a ser un socio estratégico en la explotación de los mismos –no es dueña- y debe reinvertir sus utilidades en el país, por ejemplo un 75% de las mismas evitando la fuga de capital. “… es así que las gestiones gubernamentales demostrarán efectividad de la democracia; siguiendo este principio, los 327 municipios (autonomías municipales) pueden tener en el Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) una fuente sustentable que desde el Estado y de manera constitucional se oriente a inversión productiva en los nueve Departamentos cuyos municipios tengan una densidad poblacional por debajo de la media nacional (8,58 habitantes/km2. Indicadores demográficos, enero 2008 en: www.ine.gov.bo/asp/indicadores), de la misma manera es posible utilizar de manera complementaria el Indice de Desarrollo Humano (0,682 es la media nacional. Indice de Desarrollo Humano Municipal, 2005 en: www.idh.pnud.bo). La transferencia de recursos económicos a los municipios garantizaría un desarrollo obligando –constitucionalmente- a lo gobiernos a desarrollar políticas que fortalezcan la producción y el empleo, incentivando la inversión privada según potencialidades de cada Municipio donde los gobiernos departamentales (prefecturas) deberían orientar esfuerzos, vía la elaboración de proyectos (planificación) y dar todas las garantías necesarias a las inversiones que se hagan, pero además tener la responsabilidad estratégica de construir caminos con la dotación de recursos (y desarrollar integración de las provincias), por su parte el gobierno nacional debe reducir su accionar a áreas estratégicas de desarrollo nacional … integrando al país y formulando políticas sociales que mejoren la calidad de vida de las bolivianas y los bolivianos … (Coronado: Bolivia: La Segunda República. 08.02.2008). Finalmente. ¿Qué pasará después del 4 de mayo del 2008?
IV. A modo de conclusiones
Uno. Si la unidad nacional es un principio (teoría sistémica), para las autonomías departamentales la unidad debe ser un objetivo (relaciones y procesos). Los anterior significa que el gobierno central debería y debe proponer los mecanismos legales que viabilicen en el tiempo las demandas de “autonomías departamentales” y los prefectos deben orientar adecuadamente los procesos autonómicos proponiendo cambios necesarios que hagan de la legitimidad legalidad desde la descentralización (reformas en la Ley de Descentralización Administrativa, elección de consejeros, asignación de recursos, etc.) hasta la nueva Constitución Política del Estado (capítulo específico donde se defina sus competencias y sobre todo sus límites, recursos propios y recursos asignados, etc.). Dos. Los procesos autonómicos deben ajustarse a la “nueva Constitución Política del Estado”. En la “nueva Constitución Política del Estado” debe replantearse el tema de las autonomías como un proceso de descentralización. Las autonomías municipales deben ser trabajadas para lograr una mejor y mayor descentralización estatal. Tres. Para los líderes de Santa Cruz de la Sierra el tema de la autonomía departamental es un tema que modifica las relaciones de poder, poder que desde La Paz marcó y marca un centralismo estatal. Una lectura en este sentido puede mostrarnos de manera más evidente la formación de poderes locales y regionales, su capacidad de relacionamiento con otros poderes departamentales y con el Estado respectivamente. Cuatro. El gobierno (ejecutivo y legislativo) a nombre de la legalidad debe (re)constituir el tribunal constitucional, la corte suprema de justicia y las cortes departamentales respectivamente y promulgar una ley o leyes que penalicen la retardación de justicia así como su manipulación o corrupción, además complementar la nominación de instancias institucionales estatales (corte nacional electoral, superintendencias, etc.). Cinco. Aprobar, con todas sus modificaciones necesarias, la nueva Constitución Política del Estado y mediante ley de la república convocar a la formulación de los “estatutos autonómicos” en concordancia con el nuevo texto constitucional. Seis. Planificar los referendos necesarios para el cumplimiento en su aprobación de los cambios que se estarían planteando. Esto es un paquete para el Congreso de la República, su tratamiento implica un acuerdo mínimo. Siete. Es necesario proponer y desarrollar “integración nacional” vía comunicación caminera entre el norte y sur del país y este y oeste del territorio nacional. Este es el reto nacional que debe ser desarrollado por el gobierno central. Ocho. El tema de la tierra y territorio es un tema urgente e importante para los bolivianos y bolivianas y ningún nacional o con-nacional y mucho menos extranjero deben acaparar su tenencia, propiedad y uso de las mismas. Es necesario precisar lo anterior en la nueva Constitución Política del Estado, 10.000 Ha. es un límite razonable, hoy mediante Ley de la República se debe expropiar a aquellos que tengan más del límite que se establezca o en su defecto nacionalizarlas por utilidad pública. Estas nuevas tierras fiscales deben ser base de una producción cooperativa con administración desde el gobierno central cuyos productos sean comprados y comercializados por el gobierno central. Nueve. Los acuerdos políticos permiten superar las crisis políticas, ejemplo de lo anterior es la elección adelantada ante la crisis de gobernabilidad de la UDP o la selección de prefectos en los nueve departamentos ante las exigencias de “autonomía ya” en el departamento de Santa Cruz o la elección para presidente, vice-presidente, senadores y diputados el año 2005. En este sentido más que un diálogo es necesario plantear las bases de un acuerdo, los temas están planteados y ya fueron explicitados.
Diez. En días pasados se aprobó el “referéndum revocatorio[14]” como una medida política, planteada por el gobierno central y aprobada en el Congreso de la República, esta medida puede generar una nueva crisis política. Semanas atrás, cualquier ciudadano en cualquier Departamento del país podía registrarse para el “referendo revocatorio del mandato del presidente Evo Morales Ayma”, para el “referendo revocatorio del mandato del prefecto Manfred Reyes Villa Bacigalupi” en Cochabamba y para los “referendos por las autononomías en Chuquisaca y Cochabamba”. Todos los referendos mencionados dependen, más allá de la Ley de Referendos, del Congreso de la República y del Tribunal Constitucional si nos apegamos a la legalidad y respetamos la legitimidad de las demandas de los ciudadanos; sin embargo es más urgente que el gobierno apruebe mecanismos (decretos) que hagan menos traumático el cambio y la aprobación de la nueva Constitución Política del Estado.
Apostillas
“En relación a la capitalia del país, esta debe ser en definitiva una decisión de todos o al menos de la mayoría y es necesario recurrir al referéndum para su tratamiento. Significa lo anterior que se aprueba el texto constitucional con la salvedad de modificar el sitio de la capital del país por la vía del referéndum nacional vinculante. (…) Uno referido al texto y otro a la capitalia, y ambos vinculantes. Como ciudadanos tenemos derecho y debemos opinar y que no sea sólo una decisión de los constituyentes; al menos parecería loable que éstos reconozcan que no pueden decidir sobre algo tan complicado y complejo y que la decisión debe ser traslada a los ciudadanos y ciudadanas de nuestro país” (Coronado: Memorandum: Bolivia, una país para todos. 18.11.2007). A finales del año pasado el presidente de la república Evo Morales Ayma se refirió a la necesidad del cambio y como éste no esta avanzando por el retardo de justicia, más aun indicó que si la leyes no permiten profundizar el cambio entonces no se debería acatar las mismas, en los hechos el tema hace referencia a la “desobediencia civil” y el “disenso o disentimiento”. Después del 4 de mayo 2008 tres evidencias: (1) El MAS tiene una capacidad de movilización utilizando viejos y amañados recursos sindicalistas, el viaducto de la Av. Blanco Galindo en el Cercado de Cochabamba mostró esta capacidad; el referendo en el Departamento de Santa Cruz de la Sierra mostró que el país nunca será el que fue, la autonomía de los departamentos en Bolivia debe ser construida desde la unidad nacional. (2) El diálogo entre el gobierno central y los prefectos esta estancado, el presidente Morales tiene y debe mostrar voluntad de “buen gobierno”, será necesario -inicialmente- reconstituir el tribunal constitucional. (3) Existen caprichos personales, dejemos de lado la mala educación partidaria (partidista), movimientista y sindicalista y hagamos política como “acción política”. Cochabamba, 11 de mayo 2008 [1] Las bases del presente texto fueron extraídas del ensayo de B. Marcos Coronado Pando: Bolivia: Autonomías en la Segunda República elaborado para el seminario Autonomías en Bolivia: ¿Proceso de Integración Nacional? ICOBA, ABCP, Cochabamba, 29 de abril 2008. Fue autorizado, para su uso, por los patrocinadores. [2] Docente de la Carrera de Sociología de la Universidad Mayor de San Simón en Cochabamba. Consultor sobre temas de opinión pública política y evaluación institucional. [3] La formación de consenso, es parte de toda una estrategia política orientada a que el diferente ponga en mesa sus puntos de vista de manera que acepte los del primero, el consenso –desde una crítica- no soluciona nada si no ordena los problemas, en cambio el disenso sería crítico y creativo en tanto propone (Alberto Buela: Ensayos de disenso (Sobre metapolítica) en: www.accionchilena.cl/Filosofia/Disenso.aspx). Hoy, se intenta reintegrar al accionar político de la oposición al gobierno central. ¿Esto es bueno? [4] En otro orden, la libertad se relaciona con la democracia, Amartya K. Sen: La libertad individual como compromiso social. La Paz: FES-ILDIS y Plural editores, 2003, 112 pgs. [5] Discriminación, básicamente hace referencia a relaciones de poder, es un discurso que se presenta –en el caso de Bolivia- referido a la defensa de lo originario y el pueblo. La discriminación hace referencia a las diferencias que existen entre personas y entre culturas donde la agresión es uno de sus componentes, resulta interesante el análisis del 11 de enero del 2007 desde el uso de la lengua y la lingüística y como se dan procesos de discriminación por la falta de comunicación (cf. Alejandro Carvajal: Lo rancio de la sociedad cochabambina. Para no acostumbrarse, 4, Cuadernos de análisis y opinión. Cochabamba: Editorial Verbo Divino. 2007, pp. 55-76). [6] Una aclaración contemporánea del “contrato social” se encuentra en: Norberto Bobbio: El futuro de la democracia. Bogotá: Fondo de Cultura Económica, S.A. de C.V., 1992, 138 pgs. El autor se refiere a las formas contractuales que el concepto de “contrato social” esta adquiriendo en este último tiempo, donde se específica las relaciones entre sectores específicos de la población con el Estado, estas relaciones tienen, además, un carácter constitucional. [7] Ambos principios son determinantes en la formulación del sistema político adoptado, los principios de decisión son constitucionales en tanto que los principios de representación se norman en la ley (código) electoral y la ley de partidos (organizaciones) políticos. [8] En la toma de decisiones es necesario se tomen en cuenta las opiniones de todos los afectados, reales y potenciales y que las normas de acción que se consensúen en este proceso, se fundamenten en criterios susceptibles de ser universalizados (Mercedes Oraisón (coordinadora): La construcción de la ciudadanía en el siglo XXI en www.campus-oei.org/publicaciones/otros_construccion.htm). [9] Norberto Bobbio. Legalidad en: Diccionario de Política. Siglo Veintiuno Editores S.A., Madrid, 1982, pp. 890-892. [10] Las referencias a la que acudimos para entender el concepto de “legitimidad” fueron extraídas de Lucio Levi: Legitimidad en Diccionario de Política. Siglo Veintiuno Editores S.A., Madrid, 1982, pp. 892-987. [11] Una explicación sobre el uso de la fuerza en apego a la legalidad se encuentra en: Silvia Rivera Cusicanqui: Nuevos partidos, viejas contradicciones en La raiz: Colonizadores y colonizados. Violencias encubiertas en Bolivia. La Paz: CIPCA-ARUWIYIRI, 1993, pp. 97-112. Existen una serie de contradicciones que se arrastran desde una “voluntad civilizadora”, estas contradicciones se presentan como parte de una “cultura política” cuyas características serían: (1) Disyunción entre lo social y político. (2) Disyunción entre lo étnico y lo ciudadano. (3) Disyunción entre lo privado y lo político. [12] Cabe aclarar que la nacionalidad hace referencia a aquellas características que unen a los habitantes de una república, el concepto de boliviano y boliviana es una aproximación pero también es una anbiegüedad. Bolivia al ser diversa y diferente necesita algo que nos una, algo que haga que tengamos el orgullo de pertenencia al territorio donde vivimos, ese algo no sólo es cultura o características “étnicas”. [13] Marco Cammelli: Autogobierno en: Diccionario de Política. Siglo Veintiuno Editores S.A., Madrid, 1982, pp. 132-136. [14] “Mención aparte la revocatoria del mandato, las condiciones deben ser las mismas que para la elección y debe ser un “derecho político”. (…). Llama la atención que el tema de la revocatoria este incluido en el capítulo de “servidores públicas y servidores públicos” (en la nCPE), no se hace referencia de manera explicita a la revocatoria del presidente de la república, de los prefectos y de los alcaldes y esto es más que necesario que se explicite en la Constitución Política del Estado …, no debe dar lugar a interpretación y es un principio –sobre todo- para los ciudadanos para evitar los excesos del uso del poder” (Coronado: Bolivia: La Segunda Republica. 08.02.2008). Es llamativo como el poder cambia a las personas, a la comunidades y a los países, su ejercicio genera las más de las veces actos de corrupción y pillaje que queda en la nada; el poder, en su versión política, estaría creando impunidad y uso discrecional de las leyes, pero también eso que llamamos abuso de confianza; frente a esto qué hacemos, nos queda la incredulidad de quien ejerce el poder pero también genera irreverencia (entiéndase como falta de respeto a la autoridad) que puede generar un desacato y como consecuencia y respuesta a ello un Estado autoritario.e.opina.e@gmail.com